El primer semestre del año está a punto de finalizar y lo hace con una de las celebraciones más importantes: el Día del Ejército, que se conmemora cada 30 de junio. A medida que se acerca esta fecha festiva, surge la interrogante sobre si se cambiará su fecha, dado que en el 2026 caerá en martes.
Con esta festividad, Guatemala honra la contribución de las Fuerzas Armadas en el movimiento militar de 1871, por lo que se llevan a cabo varios actos protocolarios organizados por el Ejército de Guatemala. Aunque en el 2026 la celebración caerá en martes, interrumpiendo la semana laboral, la legislación actual permite su reprogramación.
De acuerdo con lo estipulado en el artículo 127 del Código de Trabajo, los empleados tienen derecho anualmente a 10 días de descanso y a dos medios días, que corresponden al 24 y al 31 de diciembre. Estos días deben ser otorgados al trabajador o, en su defecto, compensados de manera extraordinaria, según el tiempo trabajado. Algunos de estos días de descanso no son trasladables.
No obstante, la normativa vigente establecida en la Ley que Promueve el Turismo Interno de Guatemala, contenida en el Decreto 42-2010 y modificada por el Decreto 19-2018, indica que los días de descanso que caigan en martes o miércoles se trasladarán al lunes anterior inmediato.
Por lo tanto, esta celebración se movería al lunes 29 de junio, lo que brindaría a los trabajadores la oportunidad de disfrutar de un descanso extendido o de un fin de semana largo. El Decreto 42-2010 y su reforma de 2018 contemplan esta disposición en beneficio del turismo interno.
La legislación también establece que los días de descanso que caigan en jueves, viernes, sábado o domingo se disfrutarán el lunes siguiente. Según la Ley que Promueve el Turismo Interno de Guatemala, este traslado se aplicaría al 30 de junio.
La ley excluye del traslado los días de descanso que corresponden al 1 de enero, Miércoles Santo, Jueves Santo y Viernes Santo; 10 de mayo; 15 de septiembre; 1 de noviembre; mediodía del 24 de diciembre; 25 de diciembre; mediodía del 31 de diciembre, y el día de la festividad de cada localidad. En la Ciudad de Guatemala, esta festividad se celebra el 15 de agosto.
Los días de descanso del 1 de mayo y del 20 de octubre, que inicialmente estaban contemplados en este sistema de traslados para fomentar fines de semana largos y promover el turismo interno, fueron excluidos.
¿Cuáles son los asuetos del segundo semestre del 2026?
Desde julio hasta diciembre, los guatemaltecos podrán disfrutar de varios días de descanso. De ellos, solo uno generará un fin de semana largo:
- Martes 15 de septiembre: Día de la Independencia
- Martes 20 de octubre: Día de la Revolución
- Domingo 1 de noviembre: Día de Todos los Santos
- Jueves 24 de diciembre (mediodía en adelante): Nochebuena
- Viernes 25 de diciembre: Navidad
- Jueves 31 de diciembre (mediodía en adelante): Fin de año
Gracias por acompañarnos hasta el final de esta historia.
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