En este artículo te ofrecemos más detalles sobre el Decreto 14-2025, la nueva legislación que permite a los usuarios conservar su número de celular al cambiar de proveedor de servicios telefónicos, recientemente aprobado por el Congreso de la República.
La ley para conservar número de celular al cambiar de compañía telefónica
El 11 de noviembre de 2025, el Congreso de la República de Guatemala dio su visto bueno al Decreto 14-2025. Esta ley facilitará a los guatemaltecos mantener su número telefónico incluso al cambiar de compañía de servicios.
Con anterioridad a esta legislación, al cambiar de proveedor telefónico, los usuarios se veían obligados a modificar su número de celular y a actualizarlo con todos sus contactos, algo que cambiará con la publicación del decreto en el Diario Oficial, que aún está pendiente.
Respecto a la relevancia de esta normativa, el Congreso de la República subrayó que “el número de teléfono actúa como un identificador personal, similar al Documento Personal de Identificación (DPI) y otros métodos legales que permiten identificar a una persona. Es crucial para diversas actividades diarias, tanto en el ámbito laboral como familiar. Por lo tanto, cambiar de proveedor de servicios telefónicos puede impactar directamente al usuario”.
Dentro del marco del Decreto 14-2025, la Superintendencia de Telecomunicaciones (SIT) tendrá la responsabilidad de elaborar un reglamento que regule, desde una perspectiva administrativa y técnica, el proceso de portabilidad numérica. Este reglamento deberá ser publicado dos meses después de que la ley entre en vigencia.
Número de celular pertenecerá al usuario
Con la nueva ley que permite conservar el número de celular al cambiar de compañía telefónica, los usuarios se convertirán en propietarios de su número, tanto en líneas de prepago como en líneas fijas, lo que les permitirá elegir con qué compañía telefónica desean trabajar.
Proceso para realizar el cambio de compañía conservando el mismo número de celular
La solicitud para mantener el número de celular al cambiar de compañía deberá ser presentada ante la nueva empresa de servicios, que será la encargada de gestionar el proceso con la empresa actual.
Tanto la nueva compañía como la anterior deberán colaborar para facilitar las gestiones necesarias que permitan la transferencia de números telefónicos entre las redes.
El Organismo Legislativo ha señalado que el proceso debe ser “rápido, eficiente, oportuno y sin costo alguno para los clientes”. La nueva empresa telefónica tiene la responsabilidad de proporcionar a los usuarios información clara sobre los requisitos, procedimientos, plazos y otros datos relevantes sobre el proceso.
El reglamento deberá garantizar que el procedimiento sea sencillo, tanto de manera presencial como electrónica, y requerirá únicamente la presentación del Documento de Identificación Personal (DPI).
¿Quiénes podrán solicitar la transferencia de número telefónico?
Todas las personas tendrán el derecho de solicitar la portabilidad numérica, sin importar el tipo de plan, la antigüedad u otros criterios. Para poder solicitarlo, los usuarios deben tener el servicio activo, no estar sujetos a solicitudes de portabilidad de otras compañías y no tener deudas pendientes por los servicios.
La normativa aún está a la espera de entrar en vigor, ya que no ha sido publicada en el Diario Oficial. Te animamos a estar atento a nuestros contenidos, ya que ampliaremos la información tan pronto como sea anunciada en los canales oficiales.
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